03/01/2023 - La UE refuerza la concesión de preferencias comerciales a los países en desarrollo

El actual marco del SPG de la UE, en vigor desde 1971, es un instrumento unilateral de política comercial y de desarrollo utilizado para eliminar o reducir los aranceles de importación de las mercancías exportadas desde los países en desarrollo.



Los representantes permanentes de los Estados miembros de la UE acordaron en diciembre revisar el Sistema de Preferencias Generalizadas (SPG) que concede preferencias comerciales a los países en desarrollo.

El nuevo marco mantiene las principales características del sistema actual, pero incluye algunas mejoras, como vínculos más fuertes con el respeto de los derechos humanos y el medio ambiente, y un mejor seguimiento y transparencia del sistema. También habrá un nuevo vínculo entre las preferencias comerciales concedidas a los países beneficiarios y su cooperación en materia de migración y readmisión de los propios nacionales presentes ilegalmente en la UE.

El actual marco del SPG de la UE, en vigor desde 1971, es un instrumento unilateral de política comercial y de desarrollo utilizado para eliminar o reducir los aranceles de importación de las mercancías exportadas desde los países en desarrollo. Unos derechos más bajos facilitan el acceso al mercado de la UE y aumentan las exportaciones a la Unión, lo que contribuye al crecimiento económico y a la creación de empleo en los países beneficiarios.

El SPG de la UE apoya el desarrollo sostenible, ya que las preferencias arancelarias están condicionadas al respeto de los derechos humanos, los derechos laborales, la protección del medio ambiente y la buena gobernanza.

Actualmente, la UE ofrece tres acuerdos SPG que abarcan un total de 67 países:

  • SGP estándar para los países de ingresos bajos y medianos bajos, a los que se concede una eliminación parcial o total de los derechos de aduana sobre dos tercios de las líneas arancelarias.
  • SPG+, el régimen especial de estímulo del desarrollo sostenible y la gobernanza, que reduce los aranceles al 0% para las mismas líneas arancelarias que para los beneficiarios del SPG estándar que aceptan requisitos adicionales de sostenibilidad.
  • Todo menos armas (TMA) para los países menos desarrollados (PMA), que se benefician de un acceso libre de derechos (0%) y libre de contingentes al mercado de la UE para todos los productos, excepto armas y municiones.

 El objetivo de la nueva legislación es seguir trabajando para la erradicación de la pobreza y apoyar el desarrollo sostenible y la buena gobernanza, sin poner en peligro los intereses de la UE. Al tiempo que se mantiene la división en tres capítulos (Todo menos armas, SPG estándar y SPG+), se han propuesto algunas mejoras:

  • Se amplía la condicionalidad negativa para evitar que todos los beneficiarios cometan violaciones graves y sistemáticas de los acuerdos medioambientales y de buena gobernanza, además de los acuerdos básicos sobre derechos humanos y laborales.
  • Se facilita el acceso al SPG+ para el creciente número de países menos adelantados (PMA) que quedan excluidos del acuerdo EBA del SPG.
  • Se establecen disposiciones transitorias para los actuales beneficiarios del SPG+, que tendrían que volver a solicitarlo para cumplir los nuevos requisitos del SPG+, como la ratificación de los acuerdos adicionales, y añade un requisito para que los países que soliciten el estatuto de SPG+ presenten un plan de acción para demostrar su aplicación efectiva de los acuerdos pertinentes.
  • Se amplía el período de presentación de informes del SPG de dos a tres años, con el fin de armonizarlo con los informes de seguimiento de los organismos y organizaciones internacionales de las Naciones Unidas.
  • Se añaden nuevos acuerdos internacionales a la lista.
  • El proceso de retiro de preferencias será más rápido y receptivo en casos de violaciones excepcionalmente graves y, al proponer una retirada temporal de las preferencias SPG, se tendrá en cuenta el impacto socioeconómico de la retirada en el país beneficiario del SPG.
  • Se introduce un criterio de retirada relacionado con la readmisión de nacionales propios por parte de los países beneficiarios
  • Se cambia el método de cálculo de los umbrales de salvaguardia para que se utilicen valores de importación (en lugar de volúmenes), a fin de alinearlo con el método de cálculo utilizado para el umbral de graduación.
  • Se introduce un proceso específico para garantizar que la acumulación de normas de origen responda a las necesidades de desarrollo, financiación y comercio del país solicitante.
  • Se ajustan los umbrales de graduación de productos (es decir, la suspensión temporal de las preferencias arancelarias para productos altamente competitivos) para el acuerdo SGP estándar a fin de centrarse mejor en las preferencias para productos menos competitivos y crear más oportunidades para otros beneficiarios del SGP, en particular los PMA.
  • Se mejora el seguimiento y la aplicación de los compromisos del SPG+; por ejemplo, a través de una mayor transparencia y participación de las partes interesadas pertinentes, incluso a través del mecanismo de punto de entrada único (SEP) recientemente creado para las reclamaciones por incumplimiento.

Está previsto que las nuevas normas entren en vigor en enero de 2024, cuando expire el reglamento existente, y abarcarán la próxima década.