13/12/2022 - Acuerdo sobre el nuevo instrumento de Ajuste Fronterizo de Carbono de la UE

Se obligará a las empresas que importan a comprar los llamados certificados CBAM para pagar la diferencia entre el precio del carbono pagado en el país de producción y el precio de los derechos de emisión de carbono en el RCDE UE.



Los eurodiputados han llegado a un acuerdo provisional con el Consejo para establecer un Mecanismo de Ajuste Fronterizo de Carbono de la UE para combatir el cambio climático y prevenir la fuga de carbono.

Según el acuerdo alcanzado, se establecerá un Mecanismo de Ajuste en Frontera del Carbono (CBAM) de la UE para igualar el precio del carbono pagado por los productos de la UE que operan bajo el Régimen de Comercio de Derechos de Emisión de la UE (ETS) y el de los bienes importados. Esto se logrará obligando a las empresas de la UE que importan a comprar los llamados certificados CBAM para pagar la diferencia entre el precio del carbono pagado en el país de producción y el precio de los derechos de emisión de carbono en el RCDE UE.

La ley incentivará a los países no pertenecientes a la UE a aumentar su ambición climática. Sólo los países con la misma ambición climática que la UE podrán exportar a la UE sin comprar certificados CBAM. Por lo tanto, las nuevas normas garantizarán que los esfuerzos climáticos de la UE y del mundo no se vean socavados por la reubicación de la producción de la UE a países con políticas menos ambiciosas.

El nuevo proyecto de ley será el primero de su tipo. Está diseñado para cumplir plenamente con las normas de la Organización Mundial del Comercio (OMC). Se aplicará a partir del 1 de octubre de 2023, pero con un período transitorio en el que las obligaciones del importador se limitarán a la notificación. Para evitar la doble protección de las industrias de la UE, la duración del período transitorio y la fase completa del CBAM estarán vinculadas a la eliminación progresiva de los derechos de emisión gratuitos en el marco del RCDE. Esto se negociará a finales de esta semana en relación con la revisión del RCDE y los resultados integrados en el Reglamento CBAM.

El alcance de CBAM

El CBAM abarcará el hierro y el acero, el cemento, el aluminio, los abonos y la electricidad, tal como propone la Comisión, y se ampliará al hidrógeno, las emisiones indirectas en determinadas condiciones, determinados precursores, así como a algunos productos derivados, como tornillos y pernos y artículos similares de hierro o acero.

Antes de que finalice el período transitorio, la Comisión evaluará la conveniencia de ampliar el ámbito de aplicación a otros productos con riesgo de fuga de carbono, incluidos los productos químicos orgánicos y los polímeros, con el objetivo de incluir todos los productos cubiertos por el RCDE para 2030. También evaluarán la metodología para las emisiones indirectas y la posibilidad de incluir más productos transformados.

La gobernanza de CBAM estará ahora más centralizada, con la Comisión a cargo de la mayoría de las tareas. A finales de 2027, la Comisión llevará a cabo una revisión completa de la CBAM que incluirá una evaluación de los progresos realizados en las negociaciones internacionales sobre el cambio climático, así como el impacto en las importaciones procedentes de los países en desarrollo, en particular los países menos adelantados (PMA).

Este acuerdo parcial depende de un acuerdo sobre la reforma del régimen de comercio de derechos de emisión de la UE. El Parlamento y el Consejo tendrán que aprobar formalmente el acuerdo antes de que la nueva ley pueda entrar en vigor. La nueva ley entrará en vigor 20 días después de su publicación en el Diario Oficial de la UE.

Fondo

CBAM forma parte del paquete «Fit for 55 in 2030», que es el plan de la UE para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero en al menos un 55% para 2030 en comparación con los niveles de 1990 en línea con la Ley Europea del Clima.